PROTOCOLO DE USO DE TELÉFONOS CELULARES Y DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS

 

FUNDAMENTACIÓN

El Proyecto Educativo Institucional y su Reglamento Interno y Manual de Convivencia Escolar, ha actualizado medidas respecto al uso de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos personales, en conformidad con la Ley N° 21.801, que regula su utilización en establecimientos  educacionales. Esta actualización marca un cambio de paradigmafundamental en el ámbito educativo hacia una línea formativa basado en el aprendizaje y la responsabilidad.

Esta normativa tiene como propósito resguardar el adecuado desarrollo del proceso educativo, promoviendo espacios de aprendizaje seguros, concentrados y libres de distractores que interfieran en la formación integral de los estudiantes.

JUSTIFICACIÓN PEDAGÓGICA


Desde una perspectiva pedagógica y formativa, el uso de celulares durante la jornada escolar genera múltiples efectos negativos, tales como:

• Disminución de la concentración y atención en clases.

• Interrupción de los procesos de enseñanza-aprendizaje.

• Exposición a riesgos asociados al ciberacoso, uso indebido de redes sociales o vulneración de la privacidad.

• Dificultades en la interacción social directa, afectando el desarrollo de habilidades socioemocionales entre otros.

ALCANCE DE LA NORMATIVA


La medida consignada en la Ley 21.801 rige para todos los integrantes de la comunidad educativa; estudiantes, padres, madres, apoderados y funcionarios, aplicando criterios diferenciados según la edad y la autonomía progresiva.

DEFINICIÓN DE DISPOSITIVOS

Se entenderá por “dispositivos móviles y electrónicos de comunicación de uso personal”:

• Smartphones
• Teléfonos básicos con acceso a llamadas o mensajería
• Tablets
• Relojes inteligentes (smartwatch)
• Audífonos inalámbricos (bluetooth tipo AirPods)
• Dispositivos con acceso a internet o redes sociales

NORMAS GENERALES

El estudiante podrá portar el teléfono celular, permaneciendo este apagado en su mochila durante toda la jornada., EXCLUSIVAMENTE para comunicación familiar en trayecto de ingreso y salida.

PROHIBICIONES

Se prohíbe el uso de cualquier dispositivo de telecomunicación o que disponga de conexión WIFI, la prohibición comprende:

• Uso en horario de clases.
• Uso en recreos.
• Uso en talleres JEC.
• Uso en talleres ACLES.
• Uso en baños.
• Cualquier actividad oficial dentro de la jornada escolar.

EXCEPCIONES

Se podrá autorizar según las siguientes excepciones:

• Necesidades educativas especiales.
• Situaciones médicas autorizadas.
• Situaciones de emergencia como desastre o catástrofe de origen natural.
• Actividades autorizadas por dirección.

USO POR PARTE DE FUNCIONARIOS

Cabe señalar que la normativa permite a los funcionarios de educación utilizar dispositivos tecnológicos frente a actividades pedagógicas tales como:

• Registro del libro digital (Syscol).
• Aplicación de herramientas como Plickers.
• Actividades asociadas a DEC.
• Actividades oficiales curriculares conmemorativas con fines de registros y medios de evidencias.

CANALES OFICIALES DE COMUNICACIÓN

En caso de ser necesario o frente a emergencias que requieran comunicación Familia – Colegio inmediata, el establecimiento cuenta con:

• Teléfono celular: +56932250625
• Teléfono fijo: 424834385

Estos se encuentran a disposición de toda la Comunidad Educativa en la Secretaría.

PROCEDIMIENTO ANTE INCUMPLIMIENTO

A) PRIMERA FALTA

Frente a la detección de un estudiante manipulando un celular o dispositivo electrónico
o similar en el colegio, se seguirá la siguiente acción:

1. Dejar constancia escrita en la hoja de vida del alumno en el Libro digital de Clases.
2. El dispositivo será requisado por el funcionario que sorprenda al alumno en la falta y hará entrega de él a secretaria, el cual será entregado exclusivamente al apoderado titular al día hábil siguiente de 10:00 a 11:00 horas (es deber del apoderado tomar conocimiento de las observaciones notificadas a través de nuestro medio oficial en la plataforma Syscol).

B) REITERACIÓN DE LA FALTA O NEGATIVA A LA ENTREGA

En la eventualidad que se reitere la falta y/o que se niegue a la entrega del dispositivo electrónico, se realizarán las siguientes acciones:

1. Dejar constancia escrita en la hoja de vida del alumno en el Libro digital de Clases.
2. El dispositivo será requisado por el funcionario que sorprenda al alumno en la falta y hará entrega de él a secretaria, el cual será entregado exclusivamente al apoderado titular al día hábil siguiente de 10:00 a 11:00 horas (es deber del apoderado tomar conocimiento de las observaciones notificadas a través de nuestro medio oficial de la plataforma Syscol)

3. El estudiante será conducido a biblioteca en compañía de la inspectora, en dicho lugar tendrá que reflexionar sobre el incumplimiento de la medida, de forma paralela se citará al apoderado para entrevista respectiva frente a la situación, donde se aplicarán las medidas según RICE, siendo ésta categorizada como una falta gravísima, donde se dispondrán las medidas disciplinarias y/o formativas que correspondan, en caso de activación de protocolo a consecuencia del incumplimiento.

RESPONSABILIDAD DEL ESTABLECIMIENTO

Cabe señalar que el colegio se exime de la responsabilidad que represente la pérdida o
daño de algún dispositivo tecnológico que el estudiante porte en el establecimiento.

 

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